Normativa de progreso y permanencia.
¿Qué es la Normativa de Progreso y Permanencia?
La Normativa de Progreso y Permanencia (NPyP) es la normativa determina las condiciones que deben cumplir los alumnos de la UPV para continuar sus estudios. Vamos a comentar algunos aspectos importantes:
Sobre la sección 3ª “Permanencia”:
- PP2: para permanecer en la titulación hay que aprobar el curso en 2 años (4 si es matrícula parcial) (Art. 9)
- P12: para permanecer en la titulación hay que aprobar mínimo 12 créditos el primer año (Art. 8)
- P35: si no se supera una tasa del rendimiento del 35% en 2 cursos consecutivos se te desvinculará de la ERT por dos años (Art. 10)
- La desvinculación de la ERT si se incumplen algunos de los puntos anteriores será de un año, después del cual puedes volver a matricularte.
Sobre la sección 5º “Progreso”:
- Pasará a segundo aquel alumno que supere de 39 a 60 créditos del primer curso (dependiendo de la ERT) (Art.16)
- Para poder matricularse en una asignatura de un curso superior, el alumno debe estar matriculado de todas las asignaturas pendientes del curso anterior (Art. 17.1)
- Un alumno puede matricularse de un máximo de 60 créditos por año académico (excluyendo del cómputo el TFG/TFM), excepto si le quedan 84 créditos o menos por acabar la titulación o si tu rendimiento académico previo ha sido de 90% (Art. 17.2)
¿Cuál es la diferencia entre matrícula a tiempo completo y a tiempo parcial?
La matrícula a tiempo completo corresponde a alumnos con más de 40 ECTS matriculados, en cambio a tiempo parcial hace referencia a los alumnos que de forma justificada solicitan una matrícula anual entre 18-40 ECTS.
En el caso de alumnos que tengan menos de 40 ECTS pendientes para finalizar sus estudios la matrícula completa corresponderá a todos los créditos pendientes.
¿Cuántos créditos debo aprobar el primer curso?
La Normativa de Progreso y Permanencia establece que se deben superar un mínimo de 12 ECTS el primer año de matrícula. Para poder hacer efectiva la matrícula en el segundo curso de las titulaciones de Grado será preciso haber superado o tener reconocidos o adaptados al menos 39 créditos del primer curso de la titulación.
Excepcionalmente, el estudiante podrá solicitar a la Comisión Académica del Título la autorización de una exención al requisito de progreso señalado en el párrafo anterior. Esta comisión, tras el estudio de la situación académica del solicitante, resolverá sobre la solicitud planteada y, en caso de ser favorable, establecerá el plan de matrícula que considere más adecuado para el estudiante. La solicitud de exención al cumplimiento de este requisito de progreso se formalizará en los plazos establecidos en el calendario académico y por el canal habilitado al efecto. En dicha solicitud se alegarán las causas que motivan la petición y, en su caso, se acreditarán debidamente.
¿Qué plazo tengo para superar el primer curso de la titulación?
Dos cursos académicos. A los efectos del plazo establecido, los cursos matriculados en régimen de dedicación a tiempo parcial computarán por 0.5 cursos.
Si no se cumplen los requisitos anteriores, ¿se puede solicitar más tiempo?
Excepcionalmente, en caso de no superar el mínimo establecido –acreditando debidamente las causas de su bajo rendimiento– podrá solicitar a la Comisión de Permanencia y Evaluación por Currículum, la exención del cumplimiento de este requisito. Esta solicitud se formalizará en los plazos establecidos en el calendario académico y por el canal habilitado al efecto. La resolución favorable a esta petición permitirá una nueva matrícula del estudiante.
Después del primer curso, ¿existe algún requisito de permanencia?
Sí, se exige una mínima tasa de rendimiento del 35%. Un alumno quedará desvinculado de un título si en dos cursos consecutivos su tasa de rendimiento es inferior al 35%. La condición indicada no será exigible cuando el número de créditos pendientes de superar para completar la titulación sea igual o inferior al 25% de los créditos del título, excluido el Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster.
¿Cuándo se produce una desvinculación de un título?
Existen tres supuestos:
- Por incumplimiento de alguna condición de permanencia, si se concedió la continuación de estudios por no aprobar el primer año 12 ECTS.
- Por no superar todo el primer curso, si se concedió la continuación de estudios por no aprobar primero en 2 cursos académicos.
- Por incumplimiento de alguna condición de permanencia, después de haber obtenido el reingreso.
¿Se puede reingresar a una titulación de la que se ha sido desvinculado?
Los estudiantes que hayan sido desvinculados por primera vez de un título y que no hayan sido desvinculados de la UPV definitivamente, podrán pedir el reingreso en la titulación tras un curso académico de desvinculación de la misma. Cuando haya lugar, tal reingreso estará condicionado al cumplimiento de las condiciones de acceso vigentes en el momento de su solicitud. En estos casos, un nuevo incumplimiento de alguna de las condiciones de permanencia, supondrá la desvinculación definitiva de la titulación en la ERT en que estuviera matriculado el estudiante.
¿De cuantos cursos distintos puedo tener asignaturas matriculadas?
Como condición general la matrícula podrá tener asignaturas de dos cursos consecutivos como máximo.
¿Si tengo créditos pendientes debo matricularlos de forma obligatoria?
Para matricularse de alguna asignatura ubicada en un determinado curso, será necesario hacer efectiva la matrícula en todas las asignaturas pendientes de superar ubicadas en el curso anterior. Esta regla también deberá ser respetada en caso de solicitud de anulaciones de matrícula.
El estudiante que haya sido autorizado a matricularse en el primer curso de grado en más de dos ocasiones, en aplicación de las circunstancias de excepcionalidad al cumplimiento de los requisitos de permanencia previstas en el artículo 8.3, sólo podrá efectuar matrícula en asignaturas de primer y segundo curso.
¿Cuál es el número máximo de ECTS?
El máximo número de créditos de matrícula anual, excluido el Trabajo Final de Grado o Trabajo Final de Máster, será de 60. Para el cómputo de esta matrícula no se tendrán en cuenta los créditos reconocidos o adaptados. Quedan excluidos de esta limitación los itinerarios de doble titulación en los que se podrá superar este número máximo de créditos de acuerdo a las previsiones de la correspondiente memoria y que, con carácter general, será de 75 créditos. La limitación de matrícula debe entenderse de aplicación a la penúltima asignatura matriculada, antes de alcanzar el límite máximo de créditos de matrícula anual.
Quedan exceptuados del cómputo para el cálculo del número máximo de créditos a matricular los correspondientes a asignaturas de idiomas y a prácticas externas, así como de aquellas asignaturas o créditos que se definan como exclusivamente vinculados al desarrollo de competencias transversales.
¿Se permite matricular más de 60 ECTS?
Excepcionalmente y a petición del estudiante interesado, la limitación de 60 créditos se podrá incrementarse hasta un máximo de un 40% cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias y previa aprobación por la Comisión Académica de Título:
- Cuando el número total de créditos para completar la titulación, excluido el Trabajo Final de Grado o Trabajo Final de Máster, sea igual o inferior a 84..
- Cuando el rendimiento académico del curso anterior sea del 90% sobre matrículas iguales o superiores a 60 créditos..
¿Dónde puedo obtener más información?
En la secretaría de los centros o en este enlace.
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado.
¿Qué es la Normativa de Régimen Académica y Evaluación del Alumnado?
La Normativa Académica y de Evaluación del Alumnado (NRAEA) es la principal normativa a tener en cuenta por todo coordinador de asuntos académicos o representante de estudiantes de la UPV. En ella están recogidas todas aquellas premisas que deben cumplirse en nuestra universidad. En ella está contemplada la función de las CAT, las guías docentes, tutorías, plazos evaluatorios, etc. Vamos a comentar algunos aspectos importantes:
- Los alumnos formarán parte de las Comisiones Académicas del Título (Art.4.2).
- El calendario académico se establece en el curso académico anterior (Art. 7.1).
- Los exámenes siempre se realizan en horario lectivo (Art. 7.7).
- Los jueves de 12:30 a 14:30 no deben haber clases (Art. 7.8).
- Los profesores están obligados a conceder tutorías (Art. 8.1).
- Deben contestar tus correos en un periodo de 2 días hábiles (Art. 8.8).
- La guía docente es la que prevalece en caso de conflicto (Art. 10.5).
- No se pueden modificar fechas de examen salvo causas justificadas (Art. 13.5).
- Puedes pedir cambios de grupo los 10 primeros días hábiles (Art. 13.9).
- Un acto de evaluación presencial puede durar como máximo 4 horas (Art. 15.6).
- Los resultados de los actos evaluativos se tienen que dar a conocer como máximo 15 días hábiles después de su realización (Art. 17.1).
- Los alumnos tienen derecho a revisión (Art. 18.1).
- Después de la revisión los resultados definitivos se tienen que dar a conocer como máximo 2 días hábiles después de la revisión (Art. 18.5).
- Los alumnos tienen derecho a reclamación de un acto de evaluación cuya influencia en la asignatura sea mayor o igual a un 20 y también a reclamación de la nota final de la asignatura (Art. 19.1).
En el título IV de la NRAEA, se explica la evaluación por currículum (ExC) que vamos a explicar brevemente:
- Supone la aprobación de una asignatura suspendida dentro de un bloque curricular.
- El bloque curricular depende de la ERT, se puede consultar en los planes de estudios; menos el 1º curso del grado o máster que siempre formará un bloque curricular (Art. 22.3).
- La asignatura a aprobar no puede ser una optativa, una práctica externa, el trabajo final de grado o máster o una asignatura que acredite un nivel de idioma (Art. 22.7 y 22.8).
- Ninguna de las asignaturas del bloque puede tener calificación de NP (No Presentado) (Art. 23.3).
- Se debe tener aprobados el 75% de los créditos del bloque (Art. 23.4).
- En la asignatura suspendida se debe tener una nota mínima de 4 (Art. 23.7).
- El bloque curricular debe tener una media ponderada igual o superior a 5 en el primer bloque; o igual o superior a 6 en el resto de bloques (Art. 23.7).
- Si todas las condiciones se cumplen la evaluación por curricular se realiza automáticamente en julio. Si algún punto no se cumple la CE estudiará el caso, realizará un informe y lo pondrá a disposición del CPEC (Comisión de Permanencia y Evaluación por Currículum) para que se valore (Art. 23.8).
- Si se te aplica la evaluación por currículum pero se quiere renunciar a ella, se tiene que comunicar a la ERT en un plazo de 10 días desde la resolución (Art. 23. 6).
¿Cuál es la duración máxima que puede tener una acto de evaluación?
Cuatro horas.
¿Cuándo se puede evaluar a un alumno como “no presentado”?
La calificación de no presentado, que significa que el alumno no ha sido evaluado, se asignará cuando los actos de evaluación en los que el alumno ha participado supongan en conjunto menos del 20% de la valoración final de la asignatura.
¿Existe un plazo máximo para la entrega de los resultados de los actos de evaluación?
Los resultados de los actos de evaluación se han de dar a conocer a los alumnos en un plazo máximo de quince días hábiles tras su realización, ya que constituyen un elemento importante para la mejora de su proceso de aprendizaje.
ACTUALIZACIÓN CURSO 2020/2021
¿Qué nuevos cambios se han producido en la Normativa de Régimen Interno y Evaluación del Alumnado?
- Todas las asignaturas deberán tener una recuperación estipulada en la guía docente.
- Los alumnos deberán conocer sus calificaciones con al menos cuatro días de antelación a la recuperación de la misma asignatura.
- No se podrán hacer exámenes/test en fin de semana.
- No se podrá evaluar más de un 40% de la asignatura el mismo día.
- Se deben convocar todos los actos de evaluación con un mínimo de 7 días de antelación por correo electrónico.
- Las asignaturas con un alto porcentaje de suspensos serán revisadas.
¿Con la modificación del porcentaje máximo de evaluación en un único día como funcionarán las pruebas de recuperación?
En el caso de pruebas de recuperación esta norma no se aplicaría al igual que en los casos que la junta de centro lo autorice.
¿En la convocatoria de las pruebas qué debe especificarse?
En el correo electrónico donde se convoque a los alumnos a la prueba deben especificarse todas las condiciones de las pruebas, tales como: fecha, lugar, duración, materiales, etc.
¿Cómo se revisarán las asignaturas con un alto porcentaje de suspensos?
Estás asignaturas serán revisadas de forma individual por las comisiones académicas del título.
Estructuras académicas responsables de los títulos oficiales y sus comisiones.
¿Qué funciones se han añadido a esta comisión?
– Elaborar la propuesta de Informe de Gestión del Título, un documento que recoge información de todo tipo sobre el Grado: análisis del funcionamiento, calidad, satisfacción del alumnado, implantación de mejoras… Posteriormente este documento es aprobado por el máximo órgano de gobierno de la Estructura Responsable del Título.
– Revisar las guías docentes de aquellas asignaturas con rendimiento irregular para mejorarlas y tomar las medidas oportunas.
¿Cuándo se renovarán los estudiantes que representan al alumnado en la CAT?
Al finalizar el proceso de elecciones a los representantes del alumnado cada curso académico.
¿Qué se ha añadido?
De manera excepcional, se podrán realizar prácticas externas durante el mes de agosto.
Cuando la modalidad de tutorías sea bajo demanda, la cita para realizarlas será, como tarde, en los siguientes 6 días hábiles después del día de la solicitud. Este plazo se ha ampliado en 1 día, ya que antes eran 5 días hábiles.
¿Qué se ha añadido?
Las solicitudes de tutoría bajo demanda se deben realizar mediante la aplicación de tutorías de la Intranet.
¿Qué se ha añadido?
En aquellas asignaturas en las que se observe una tasa de rendimiento extraño respecto al contexto de su impartición, la CAT del título estudiará la situación solicitando informes al Profesor Responsable, al Departamento y, en su caso, al Instituto de Ciencias de la Educación, con el objetivo de proponer un plan de mejora. De forma general, se consideran anómalas tasas de rendimiento inferiores a 25 puntos porcentuales por debajo de la tasa de rendimiento objetivo.
La información relativa a la fecha y hora para realizar la automatrícula podrá consultarse en la intranet con, al menos, dos días naturales (incluyendo no laborables) antes del comienzo del periodo de matriculación.
– El sistema de evaluación de cada asignatura, así como el profesorado responsable de la misma deben ser especificados en la guía docente de la asignatura antes del comienzo del curso. El sistema de evaluación no podrá ser modificado durante el curso.
– El sistema de evaluación de cada asignatura incluirá los medios de evaluación utilizados, el número de actos de evaluación, el peso de estos en la calificación final y el procedimiento de recuperación.
– Se define como acto de evaluación cualquier actividad que permita la recogida sistemática de información sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje del estudiante, a través de uno o más medios de evaluación, para su posterior análisis e interpretación, con el fin de determinar el grado de alcance de los resultados de aprendizaje previstos en la asignatura. Es decir, un mismo acto puede tener varias metodologías; por ejemplo, un examen con una parte de problemas y otra de tipo test no son dos actos sino uno.
– Un acto de evaluación se anunciará mediante una convocatoria que debe enviarse con, al menos, 7 días naturales de antelación a la fecha del acto, mediante el correo electrónico de la Universitat así como otros medios que el profesorado estime.
– Los sistemas de evaluación tendrán que estar definidos en la guía docente y podrán ser: prueba escrita de respuesta abierta, prueba objetiva, examen oral, trabajo académico, proyecto, problemas, casos, portafolio, diario, mapas conceptuales, observación y pruebas del minuto. Esto no impide que se puedan incluir otros sistemas siempre que lo autorice la Universitat y esté incluido en la guía docente.
– Cuando el acto de evaluación sea presencia se entiende que será vigilado y cronometrado. En la convocatoria se deberá especificar el lugar, fecha, hora, duración, material autorizado y cualquier condición especial que se considere necesaria.
– Cuando el acto de evaluación consista en la entrega de trabajos, proyectos, problemas, etc en la convocatoria se deberá especificar la forma y plazo para la entrega.
– Cuando el acto de evaluación consista en medios de observación o pruebas de minuto no necesitan una convocatoria previa.
– Si el sistema de evaluación es prueba escrita de respuesta abierta, prueba objetiva o examen oral no podrá valer más del 40% de la nota final los actos llevados a cabo en un mismo día. Con la justificación de la Junta de centro este porcentaje podrá ser de hasta el 60%.
– En un acto de recuperación si se podrá superar el 40% del peso de la nota final y preferiblemente usará el mismo sistema de evaluación que la prueba a recuperar.
– La duración máxima de un acto de evaluación presencial será de 4 horas, en el caso de las recuperaciones puede ser de hasta 5 horas.
c. Resultados de la evaluación de asignaturas.
Se deben conocer las calificaciones del acto de evaluación ordinario al menos cuatro días antes de la realización del acto de recuperación.
d. Revisión de las calificaciones.
El profesor o profesora deberá programar el lugar, fecha y horario donde se llevará a cabo la revisión. Deberá ser al menos 48 horas después de la publicación de los resultados provisionales y antes de 5 días.
e. Reclamaciones sobre las clasificaciones.
La Comisión de Reclamaciones de Evaluación podrá solicitar al profesorado o los servicios de la universidad los informes que considere necesario.
f. Modificaciones de calificaciones.
Las modificaciones en las calificaciones por las causas previstas en el Artículo 20, letra a), se podrán llevar a cabo por el profesor responsable en el plazo máximo de un mes desde la fecha de firma del acta donde figure dicha calificación.
Normativas de Integridad Académica del Alumnado de la UPV
¿Se podrán tomar medidas contra los alumnos que incumplan las buenas prácticas de convivencia?
Sí, dentro del respeto al principio de proporcionalidad, podrán adoptarse medidas desfavorables frente a quienes alteren la convivencia en la Universitat Politècnica de València o amenacen hacerlo, solo cuando resulten necesarias y respondan efectivamente al objeto de preservar o restablecer esta convivencia, a la necesidad de proteger los derechos y libertades de los demás, la seguridad y la salud o el normal desarrollo de las actividades.
¿Qué medidas urgentes se podrán tomar?
El Personal Docente e Investigador y el Personal de Administración y Servicios:
– Podrán tomar las medidas oportunas para evitar o poner fin a los actos que incumplan las buenas prácticas de convivencia.
– La expulsión del recinto, siempre previa advertencia. Si fuera necesario se podrá requerir la asistencia del Servicio de Seguridad.
– Se podrá comprobar la identidad de las personas involucradas en estos actos.
¿Durante las actividades docentes que medidas urgentes se podrán llevar a cabo?
– El/la docente podrá solicitar que se abandone la actividad a aquellas personas que no se identifiquen o no se encuentren matriculadas en la actividad pertinente.
– Se podrá impedir la entrada la entrada después de la hora de inicio cuando pueda verse afectado el normal desarrollo de la actividad.
– Durante la realización de la actividad se podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar su normal desarrollo. Incluida la expulsión del lugar donde se realiza la actividad.
– Las medidas se aplicarán únicamente durante el tiempo necesario.
– Podrá derivarse en perjuicio de responsabilidad disciplinaria.
– El/la docente extenderá acta de cualquier medida adoptada.
¿Qué se considera un acto fraudulento en acto de evaluación?
El alumnado de la Universitat Politècnica de València deberá abstenerse de participar en actividades fraudulentas en los actos de evaluación con el objetivo de obtener una ventaja injusta respecto del resto del alumnado. Se consideran acto fraudulento:
– La suplantación de identidad.
– La utilización o posesión de información al alcance del alumno de cualquier soporte o materiales no autorizados.
– Mientras no esté expresamente permitido la comunicación oral o escrita la transmisión de información por cualquier medio.
– La actividad dirigida a la obtención o utilización ilícita de contenidos no autorizados.
– La utilización de contenidos elaborados por terceras personas, o palabras o ideas y usarlas como propias.
En el caso de que algún alumno obtuviese material ilícito, ¿qué debe realizar?
Es deber del alumnado comunicar al profesorado la recepción de ese contenido, sin obligación de identificar su procedencia.
¿Qué ocurrirá si el docente detecta algún comportamiento contrario a las buenas prácticas de honestidad académica?
Si el profesorado detectara cualquier comportamiento contrario a las buenas prácticas de honestidad académica en el desarrollo de un acto de evaluación requerirá a la persona implicada para que cese la realización de dicho acto y entregue los materiales correspondientes.
Esta actuación supondrá la suspensión del derecho a ser evaluado por quebrantar la Normativa de régimen interno y evaluación del alumnado. Adicionalmente se considerará la competencia transversal de responsabilidad ética como no desarrollada.
Se extenderá un acta con toda la información de lo sucedido y se pondrá a disposición para su inclusión en el Registro de Integridad Académica
La persona interesada podrá formular alegaciones contra la medida adoptada.
En el caso de que el procedimiento fraudulento se lleve a cabo durante la corrección, ¿qué procedimiento se llevará a cabo?
Se procederá de igual forma a los comportamientos fraudulentos detectados durante la realización de la prueba.
¿Qué ocurre si no se extiende acta o esta no es comunicada al Registro de Integridad Académica?
Será considerada nula, debiendo la Estructura Responsable del Título restablecer el derecho de evaluación del alumnado.
¿Qué ocurrirá con el acto de evaluación o trabajo académico afectado por la suspensión del derecho a ser evaluado?
Se tendrá en cuenta a efectos de cálculo de la nota media ponderada de la asignatura, sin sumar calificación alguna.
Normativas específicas de centro
Ningún sistema ni acto de evaluación será limitante para la obtención de la calificación final. Es decir, no se pueden establecer calificaciones mínimas para ponderar en la calificación de una asignatura.
¿Cómo debe ser el sistema de evaluación y los porcentajes de los mismo?
Al menos se utilizarán dos Sistemas de Evaluación diferentes para la evaluación de una asignatura. Cualquier Sistema de Evaluación que se utilice tendrá una influencia superior o igual al 10% y no superará el 80% de la calificación final de la asignatura. La influencia de un Acto de Evaluación en la calificación final de la asignatura no será superior al 40%. Además, la suma de los actos de evaluación realizados en un día no superará el 50%.
Más información aquí.
ETSICCP – Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos.
Los exámenes escritos podrán constar de preguntas de respuesta abierta, de preguntas tipo test, de ejercicios y casos prácticos, o de cualquier combinación de ellos. El número máximo de exámenes escritos a definir en la Guía Docente será de dos (2), y excepcionalmente de tres (3) en el caso de asignaturas con 7,5 ECTS. En la siguiente tabla se detalla el peso de los exámenes y del resto de pruebas en la nota global de la asignatura, en función del número de exámenes.
¿Cómo se definen los criterios de evaluación de la Guía Docente?
El sistema de evaluación a definir en la Guía Docente será lo más sencillo posible, evitando la aplicación de fórmulas complejas para obtener la nota final a partir de notas parciales, ponderaciones, etc.
Las actividades evaluables deben quedar convenientemente identificadas y suficientemente definidas en la Guía Docente. Solo los actos de evaluación que tengan un peso igual o mayor al 30% en la nota final, y sean recuperables, podrán tener asociada una nota mínima para compensar con otros actos en la nota final. Esta nota mínima no podrá ser mayor de 4/10.
En caso de suspenso, la nota final de la asignatura se calculará de la siguiente forma:
- Si todas las notas parciales superan los umbrales mínimos para compensar, la nota final será la media ponderada de todas las notas parciales.
- Si todas las notas parciales son inferiores a los umbrales mínimos para compensar, la nota final será la media ponderada de todas las notas parciales.
- Si alguna nota parcial es inferior al umbral mínimo para compensar, y la nota media ponderada es menor de 5, la nota final será la media ponderada de todas las notas parciales.
- Si alguna nota parcial es inferior al umbral mínimo para compensar, y la nota media ponderada es mayor o igual a 5, la nota media final estará comprendida entre 4 y 4,9. Los exámenes escritos previstos serán siempre recuperables. Cuando el peso de los exámenes escritos en la nota final sea menor del 60%, será preciso prever la recuperación de una parte del resto de actividades, de manera que se llegue, como mínimo, al anterior porcentaje de recuperación global. Este aspecto quedará claramente reflejado en la Guía Docente.
Más información aquí.
Los alumnos dispondrán de dos oportunidades complementarias para aprobar una asignatura; la evaluación continua y la recuperación de las partes no superadas. Los alumnos deberán poder optar al 100% de la nota de cada parte tanto en los actos de evaluación correspondientes a la evaluación continua, como en su recuperación.¿Existe nota mínima?
Se podrán fijar mínimos para alguna o todas las partes de la evaluación, en ningún caso superiores a 4. Estos mínimos, en caso de existir, no se podrán aplicar a aquellas partes de la asignatura con un peso inferior al 20% en la nota de la misma.
¿Cuál es el máximo valor que podrá tener un acto de evaluación?
Ningún acto de evaluación podrá suponer más del 60% de la nota final de la asignatura.
¿Qué se considera justificante suficiente para no concurrir a un acto de evaluación?
Sin perjuicio de otras causas que puedan apreciarse por la Dirección de la EPSA, debe entenderse que justifican suficientemente la imposibilidad objetiva de concurrir a un acto de evaluación y, en consecuencia, han de considerarse causas suficientes para el cambio de fecha de dicho acto a un alumno, las siguientes, siempre que concurran en el momento de realización del mismo:
- Enfermedad grave u hospitalización del alumno.
- Asistencia a un acto o deber personalísimo e inexcusable.
- Asistencia a un acto de interés para la Universidad (actos de representación estudiantil o deportiva, recepción de premios relevantes, etc.).
Teniendo en cuenta lo anterior, el alumno afectado por una causa objetiva que le impida la asistencia a un acto de evaluación con un peso superior al 20% del resultado de la asignatura, podrá solicitar a la Dirección de la EPSA, de manera excepcional, el cambio de fecha del acto de evaluación. La Dirección resolverá la solicitud, valoradas las circunstancias que la motivan, y, en caso de estimarla, trasladará al profesor responsable la decisión, con objeto de que lleve a cabo la prueba de evaluación al alumno afectado. Si el alumno no está de acuerdo con la decisión del Centro podrá plantear su solicitud al Vicerrectorado de Alumnado y Extensión Universitaria, que resolverá la cuestión, trasladando al Centro la decisión, para su ejecución, en su caso.
Más información aquí.
Los estudiantes acudirán al lugar donde se desarrolle el acto de evaluación, al menos diez minutos antes de la hora señalada para el comienzo, provistos del correspondiente documento oficial de identidad y/o carné que acredite estar matriculado en la UPV.
El alumno que se niegue a identificarse será expulsado del aula.¿Qué consecuencias produce incurrir o cooperar en procesos fraudulentos?
Los estudiantes deberán abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos
fraudulentos durante las pruebas de evaluación, entre otros:
- Copiar mediante cualquier procedimiento.
- Plagiar parcial o totalmente trabajos ajenos.
- La comunicación por cualquier medio con otro estudiante o con otra persona que se encuentre en el interior o en el exterior del lugar del acto.
- La suplantación de personalidad y la falsificación de documentos.
- El incumplimiento de las indicaciones expuestas en la convocatoria de examen.
- Alteración del normal desarrollo de la realización de los exámenes.
Cuando un estudiante incurra en alguno de los supuestos contemplados en los artículos anteriores, se le anulará el acto y será expulsado del aula. El profesor comunicará a la Comisión
Académica del título la incidencia y ésta decidirá las medidas a tomar. La Comisión Académica establecerá la gravedad de la falta cometida y propondrá las medidas correspondientes:
- En caso de falta leve: el acto se calificará con un cero.
- En caso de falta grave: se suspende la asignatura.
- En caso de falta muy grave: se suspende la asignatura y se abrirá expediente al alumno.
Más información aquí.
Manual del Representante de Estudiantes de la UPV.
En la oficina de ESN de la UPV. Se encuentra en la Casa del Alumno (edificio 4K), primera planta, sala de asociaciones. El horario habitual es de lunes a viernes de 11 a 14h y de 16 a 19h, aunque a veces hay cambios. Puedes consultarlo en la página de Facebook de ESN Valencia UPV.¿Dónde se encuentra la oficina de ESN?
Se encuentra en la Casa del Alumno (edificio 4K), primera planta, sala de asociaciones.
¿Cuál es el horario de la oficina de ESN?
El horario habitual es de lunes a viernes de 11 a 14h y de 16 a 19h, aunque a veces hay cambios. Puedes consultarlo en la página de Facebook de ESN Valencia UPV.
Primero debes dirigirte a la secretaría de tu centro de estudios para abonar la tasa correspondiente y recoger el documento que lo acredita. Cuando lo tengas puedes acudir a la oficina del Banco Santander situada en el Ágora de la UPV, donde te darán tu nuevo carnet en el momento. El horario de recogida de carnets UPV es los martes y jueves de 8.30 a 10.30h y de 15 a 17h.
2. Pulsa en “Notificaciones”.
3. Selecciona la opción “Sin notificación” y pulsa “Guardar”.